
Declaración Tercer Trimestre (T3) 2026 en SISAT

Una de las tantas obligaciones de reporte con las que debe cumplir un Establecimiento tiene relación con SISAT, sistema sectorial de Ventanilla Única RETC.
Dentro del abanico de sistemas sectoriales, podríamos decir que SISAT es uno de los menos amables, dada su naturaleza técnica. Por lo anterior, es muy común que este sistema sectorial quede desatendido en favor de otros que arrastran una mayor trayectoria en el tiempo. SISAT comenzó a operar a mediados del año 2020 de manera gradual, añadiendo más opciones y obligaciones de reporte con el paso de los años.
Este mes de Octubre se debe realizar el reporte de variables operacionales T3 del 2026. ¿Sabes si tu Establecimiento está al día con los reportes en SISAT?
¿Qué es SISAT?
Es un sistema sectorial de la plataforma digital Ventanilla Única RETC, administrado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en el cual los Establecimientos deben reportar el cumplimiento de normas de emisión asociados a Planes de Prevención y/o Descontaminación Atmosférica (PPDA).
SISAT se caracteriza por ser un sistema sectorial modular, lo que permite administrar e incorporar información de diferentes ámbitos, como por ejemplo el catastro de fuentes emisoras, reportes de nivel de actividad, muestreos y mediciones realizados por ETFAs, entre otros.
Hasta el momento, la persona que tiene el perfil de Encargado del Establecimiento es la única que puede operar este sistema sectorial. Se espera que en con el tiempo se habilite la opción de ingresar a SISAT con perfil de Delegado.
¿Quiénes deben declarar?
Dada la amplia gama de reportes que se pueden realizar en SISAT, es que no hay una respuesta general que abarque todos los escenarios.
Como regla general podemos decir que si un Establecimiento posee fuentes fijas (por ejemplo: calderas, grupos generadores, hornos, etc.) y se encuentra ubicado en una zona afecta a un PPDA (https://ppda.mma.gob.cl/), deberá por lo menos realizar el catastro de dichas fuentes en SISAT. Esta obligación quedó establecida en el Artículo Cuarto de la Resolución Exenta 2547/2021.
Una vez el Encargado haya catastrado correctamente todas las fuentes fijas en SISAT, deberá revisar el módulo Gestor de Obligaciones. Dependiendo del tipo de fuente, su potencia y ubicación del Establecimiento, el sistema informará el reporte que debe realizarse y su periodicidad.
Si mi Establecimiento ya declara emisiones en RUEA, ¿debo declarar en SISAT?
Esta es una pregunta que probablemente se hacen muchos usuarios de Ventanilla Única y la respuesta es "depende".
Como ya vimos, no todos los Establecimientos que tienen fuentes fijas deben declarar en SISAT. Sin embargo, si el Establecimiento ya declara en el sistema Reporte Único de Emisiones Atmosféricas (RUEA) y además debe declarar en SISAT, ambas obligaciones se mantienen.
Lo anterior es debido a que la información reportada no necesariamente es la misma. Además, las declaraciones efectuadas a través de RUEA se envían a la SEREMI de Salud, mientras que en SISAT la información es administrada por la SMA.
¿Cuál es el plazo para realizar la declaración?
El plazo para reportar dependerá del tipo de declaración que deba hacer el Establecimiento.
En este mes de Octubre, por ejemplo, se abre el período para declarar variables operacionales de fuentes fijas afectas, del tercer trimestre de este 2026. Es decir, durante todo Octubre, los titulares deberán declarar las horas de funcionamiento y el consumo de combustible asociados a los meses Julio, Agosto y Septiembre.
En Consultora Ambiental Freeland Ltda. podemos asesorarte en las declaraciones en sistema sectorial SISAT de VU RETC, no dudes en contactarnos!.




