Evaluación ambiental de proyectos
Dependiendo de la tipología y la magnitud de un proyecto, este puede estar obligado a someterse a evaluación ambiental, previo a su ejecución. La definición en relación a si un proyecto debe o no someterse a evaluación ambiental está dada por la Ley 19.300 y el Decreto Supremo 40/2013 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En el artículo 3 de este Reglamento se definen las tipologías y los criterios o umbrales que determinan si un proyecto debe someterse a evaluación ambiental.
EIA o DIA
Una vez se ha determinado que un proyecto debe someterse a evaluación ambiental, será necesario definir si se evalúa a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Aquellos proyectos que generen impacto significativos, los cuales se señalan en el artículo 11 de la Ley 19.300 y se detallan en los artículos 5 a 10 del Reglamento, deberán someterse a EIA. Los proyectos que no generen impactos significativos, deberán evaluarse a través de una DIA. De aprobarse, el proyecto obtendrá una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la cual detallará toda la información del proyecto, así como también establecerá todas las obligaciones de carácter ambiental a las que queda sometido.
Es importante señalar que si se realiza una modificación a un proyecto existente, puede estar obligado a evaluarse ambientalmente, siempre y cuando dicha modificación sea de consideración, de acuerdo al artículo 2 literal g del Reglamento.

Consulta de pertinencia
Cuando se tiene la duda respecto si un proyecto debe o no someterse a evaluación ambiental, es posible presentar una Consulta de Pertinencia. Este trámite es de carácter voluntario y se presenta al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), detallando todos los antecedentes del proyecto. Al igual que la evaluación ambiental, la consulta de pertinencia se presenta previo a la ejecución de un proyecto.
Como resultado de este trámite se obtendrá un pronunciamiento del SEA, en base a los antecedentes presentados, sobre si el proyecto debe o no ingresar de manera obligatoria al SEIA. Es importante señalar que una pertinencia no es una autorización, ni tampoco modifica una RCA.
Te apoyamos con nuestros servicios
Elaboración de Consultas de Pertinencia
Desarrollamos toda la documentación necesaria para la elaboración, presentación y seguimiento de una Consulta de Pertinencia ante el SEA. Con los antecedentes que nuestros clientes nos entregan sobre su proyecto, realizamos una descripción detallada del proyecto para cumplir con los contenidos exigidos por el SEA.
La Consulta de Pertinencia incluye el desarrollo del análisis de todas las tipologías del Reglamento que puedan aplicar dependiendo del tipo de proyecto y su magnitud. Este análisis incluye la localización y proximidad a áreas colocadas bajo protección oficial, el cual estará sustentado con su respectiva cartografía.
Revisión de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA)
Te asesoramos en el cumplimiento de las exigencias y compromisos ambientales establecidos haciendo un análisis completo de la RCA de tu proyecto. Te asesoramos elaborando una Matriz Ambiental para tu empresa en donde analizaremos su estado con respecto a sus obligaciones ambientales y te indicaremos el grado de cumplimiento.
Para lograr objetivo de cumplir con todas las exigencias, te asesoramos indicando el camino a seguir, trazando estrategias óptimas y personalizadas para obtener los mejores resultados.
Sistemas de reporte electrónico SMA
En relación a las obligaciones ambientales de reporte que tu empresa tenga, es que debe ingresar a los distintos sistemas que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha habilitado para estos fines.
Te asesoramos en la inscripción, regularización y reporte de todas las obligaciones que tenga tu empresa, asociados a:
- Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA).
- Sistema de Administración de Regulados (SAR).
- Sistema Seguimiento Ambiental (SSA).
En particular, para el cumplimiento de reporte en el SSA, te asesoramos elaborando todos los informes de seguimiento ambiental que tu empresa deba reportar, basándonos en toda la información técnica que nos entregues. Subimos toda la información al sistema en el formato exigido por la Autoridad, en los plazos que correspondan.
Elaboración de Programas de Cumplimiento Ambiental
Si tu empresa es fiscalizada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y no cumple con sus obligaciones, entrarás en un proceso sancionatorio, por lo cual deberás presentar un Programa de Cumplimiento (PDC), que tiene por objetivo establecer acciones y metas que deben cumplirse dentro de un plazo fijado por la SMA, para subsanar los efectos negativos generados por la infracción.
Te asesoramos desarrollando el PDC exigido por la SMA, analizando todos los antecedentes técnicos del expediente sancionatorio y elaborando toda la documentación necesaria para dar respuesta a la Autoridad.